El despido disciplinario es una de las fórmulas legales para que un empleador termine con la relación laboral que le une al empleado. Es una fórmula que castiga al trabajador ya que no le da derecho a indemnización alguna aun que si a prestación por desempleo en caso de tener tiempo suficiente de cotización.
despido disciplinariio
El despido disciplinario, se ejecuta por la acción de una infracción grave por parte del trabajador y ha de ejecutarse en tiempo y forma.
No es posible realizar un despido disciplinario, sin haber comunicado, por escrito, al trabajador dicho despido y justo en ese instante, es en el que empezara a contar el plazo ante una posible reclamación por parte de trabajador. La ley establece que el plazo para interponer una reclamación  ante un despido disciplinario es de 20 días hábiles desde la comunicación del mismo.
Una de las acciones más importantes a la hora de realizar un despido disciplinario, es la realización de una carta de despido correcta. No hay una carta tipo para un despido disciplinario, ya que cada caso tendrá sus circunstancias y situaciones, aunque si hay que tener en cuenta ciertos aspectos.

  1. la infracción ha de ser muy grave.
  2. El plazo para sancionar una falta grave, es de 60 días desde que la empresa tiene conocimiento del hecho sancionable.
  3. El plazo máximo para sancionar la falta grave será en todo caso de 6 meses desde que se cometió.
  4. En la carta de despido, hay que especificar de manera clara la infracción que se cometió y establecer en el tiempo de igual manera, cuando ocurrió  y cuando la empresa tuvo conocimiento de dicha infracción.
  5. Es muy importante que se pueda probar la infracción y que sea lo suficientemente grave  como para que un juez considere el despido procedente (en caso de litigio).
  6.  La carta de despido, ha de ser clara en los hechos cometidos por el trabajador, ya que en caso de litigio,  esta será una fotografía de la descripción de los hechos y será la que acote sobre que se va a discutir en el juicio. No es posible aumentar las infracciones por las que se despidió al empleado una vez llegado a juicio, estas serán las que ponga en la carta de despido, por eso es muy importante que en la carta quede constancia de cuál es el hecho por el que se le sanciona y hechos pasados que hayan sido sancionados. Los no sancionados no es aconsejable ponerlos ya que pueden indicar que el empleador no puso remedio a una situación prolongada en el tiempo.
  7. No es aconsejable despedir “en caliente”, hay que valorar los riesgos y establecer los tiempos y los hechos.

Dicho todo lo anterior y teniendo en cuenta la desaparición de los salarios de tramitación, si el despido fuera considerado como improcedente (que no, nulo), el empleador solo tendría que abonar la indemnización por despido. Esto ha generado que muchas empresas se arriesguen a realizar despidos disciplinarios ya que a malas, no les supondrá un sobre cargo en sus cuentas, que no le hubiera producido un despido.

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