Los trabajadores por cuenta propia o autónomos en situación de alta que ya se encontraran en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar el 31 de diciembre de 2014 y tuvieran concertada en esa fecha la cobertura por cese de actividad de forma obligatoria, se dicta el presente plazo para ejercer la opción de renuncia durante 2015.

Los comprendidos dentro del campo de aplicación, podrán optar por renunciar a la cobertura por cese de actividad hasta el 30 de septiembre de 2015, fijándose como fecha de efectos el día primero del mes siguiente a la fecha de la solicitud.

Las solicitudes presentadas a partir del 1 de octubre de 2015 tendrán como fecha de efectos del cambio de cobertura el 1 de enero de 2016.

En caso de estar interesados en solicitar esta opción, poneos en contacto con este despacho.

 

Grupo Extremeño de Asesoramiento, S. L

 

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