Nueva sentencia, Actos jurídicos documentados

Nueva sentencia, Actos jurídicos documentados

Los consumidores «han ganado» una nueva batalla a la banca

Nueva rectificación del supremo respecto a quien debe pagar el impuesto de actos jurídicos documentados (Mod 600 de la Junta de Extremadura).

Esta nueva sentencia con fecha 16 de octubre de 2018 cambia el criterio que se tenia hasta ahora, sobre quien tenia que correr con estos gastos. Hasta esta sentencia el supremo dictamino que le sujeto pasivo era el hipotecado, con lo que le correspondía a este ultimo correr con los gastos del impuesto de actos jurídicos documentados (mod 600).

Esta nueva sentencia indica que el mayor interesado en la constitución de la hipoteca es el propio banco ya que ello le proporciona una garantía de cobro en caso de impago y por tanto le corresponde al banco pagar este impuesto.

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¿En que afecta esto a los caso que ya están en el juzgado?

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