Subvención nuevos Autónomos. Abierta convocatoria de solicitudes 2016.

ayuda autonomos

Desde hoy los emprendedores pueden solicitar las ayudas del SEXPE para establecerse como autónomo. Se ha publicado la ORDEN de 7 de julio por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio  2016,  de  las  subvenciones  para  el fomento  del  autoempleo  en  el  ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La convocatoria establece dos programas:

Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.

Beneficiarios:

  • Las personas desempleadas que inician una actividad empresarial, como autónomos, autónomos económicamente dependientes o se incorporen a una comunidad de bienes.

Requisitos:

  • Tener cumplidos los 18 años
  • Figurar inscrito como demandante de empleo.
  • Disponer a la fecha de alta como autónomo de un Plan de Empresa.

Programa II: Ayudas a la persona autónoma que propicie la inserción laboral de un familiar colaborador.

Beneficiarios:

Las personas desempleadas que inician una actividad empresarial como autónomo colaborador de un familiar autónomo.

Requisitos:

  • La persona autónomo principal debe llevar como mínimo con la actividad dos años.
  • El familiar colaborador no deberá haber sido beneficiario de la ayuda de autónomos en los 5 años anteriores a la fecha de alta en el RETA.
  • No debe haber prestado servicios por cuenta ajena al autónomo principal en los 12 meses anteriores a la fecha de alta en el RETA.

Exclusiones:

  • Actividades Agrícolas, ganaderas y forestales.
  • Quienes hayan sido beneficiarios de esta ayuda en los últimos 5 años anteriores a la fecha de alta en el RETA.
  • Haber figurado de alta en el régimen de autónomos en los 12 meses anteriores a la fecha de alta en el RETA.
  • Los autónomos societarios.

Cuantías:

  • Mujeres: 8000€
  • Jóvenes menores de 30 años, mayores de 52 años, desempleados de larga duración, desempleados con domicilio de la actividad en municipios de menos de 5000 habitantes,desempleados extremeños que retornan: 7500€.
  • Desempleados no incluidos en apartados anteriores: 5000€.

Los importes anteriores se incrementarán con 1000€ cuando se solicite ayuda por alguna de las actividades relacionadas en el ANEXO I de las Bases Reguladoras.

El plazo de vigencia de la convocatoria es desde hoy 20 de julio hasta el 31 de mayo de 2017 y las solicitudes se pueden presentar desde la fecha de inicio de la actividad y los cinco meses naturales siguientes. Las personas que hayan causado alta de autónomo entre la finalización de la anterior convocatoria ( 31/08/2015) y el día anterior a la entrada en vigor de la orden por la que se realiza la presente convocatoria ( 19/07/2016), la solicitud deberá formularse en el plazo máximo de dos meses a contar desde hoy día 20/07/2016.

Subvención para el fomento de los trabajadores Autónomos de Extremadura. Nuevas bases e inminente convocatoria.

subvenciones

Si estás pensando en hacerte AUTÓNOMO, o te diste de alta de Autónomo entre el 1 de septiembre del 2015 hasta el día de hoy, te informamos de que han salido las bases de  la nueva  convocatoria de la ayuda a los autónomos  mediante pago directo que concede  la Junta de Extremadura.

Os informamos a continuación de manera resumida, de los requisitos, cuantías, etc para solicitarla y ser beneficiarios:

CUANTÍA

Para desempleados que decidan emprender un negocio como autónomos:

8.000€ para:
– mujeres desempleadas,

7.500€  para:

  • Menores de 30 años.
  • Hombres de 52 o más años de edad.
  • Desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  • Parados de larga duración.

5.000€ para:

Trabajadores desempleados que no se encuentren encuadradas en los apartados anteriores.

El importe de las ayudas anteriores se incrementará en la cantidad de 1000 € cuando se solicite la ayuda por algunas de las actividades relacionadas a continuación, siempre y cuando se corresponda con algunos de los epígrafes relacionados en el Anexo I  y que deberá mantenerlo durante el cumplimiento de la obligación (Nuevas tecnologías, Energías Renovables. Medio Ambiente. Atención a la dependencia. Industria Agroalimentaria. Reformas y rehabilitación de edificaciones.Turismo.Pequeño Comercio. )

 

PROGRAMAS

I. Alta de desempleados como Autónomos.
II, Inserción laboral de un familiar como Colaborador.

BENEFICIARIOS

a) Desempleados que se den de alta como autónomos.
b) Autónomos económicamente dependientes.
c) Quienes constituyan o se incorporen a Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles sin personalidad jurídica, formando parte de las mismas como comuneros o socios y se den de alta como autónomos en el RETA.

REQUISITOS

Los principales  requisitos y exclusiones son:

  • No haber sido beneficiario de esta misma ayuda en  los 5 años anteriores.
  • Radicar en Extremadura a la fecha de alta como autónomo.
  • En  los últimos 12 meses anteriores al alta, no haber cesado voluntariamente de un trabajo con contrato indefinido y a jornada completa ni haber estado ya de alta como autónomo.
  • Para el caso del programa II, de la ayuda por autonomo colaborador, es necesario que el autonomo principal lleve dos años con la actividad como mínimo.

Debes contar con el correspondiente PLAN DE NEGOCIO viable ANTES de darte de alta como autónomo para los autónomos que se den de alta a partir de la apertura de la convocatoria cuyas bases hemos resumido y para los que ya están dados de alta desde el periodo mencionado al principio, dispondrán de dos meses para solicitar esta ayuda desde la inminente apertura de la convocatoria.

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