Whatsapp es una herramienta que esta tan presente en nuestras vidas, que en algunos casos algún trabajador ha llegado a comunicar a la empresa en la que trabajaba su baja voluntaria.
Esto que a en principio parece una forma de comunicación ilegal o no valida, se ha considerado legal de todo derecho según una sentencia de del Tribunal Supremo de Justicia de Madrid. Dicho tribunal da la razón a una trabajadora que comunico a su jefe, la baja voluntaria de su puesto de trabajo utilizando esta famosa aplicación móvil.
En este caso en concreto, el Tribunal ha considerado que el comunicado vía whatsapp es perfectamente valido, al presentar la implicada testigos del echo en cuestión y ademas aportar la respuesta que recibió de la empresa, también por whatsapp, con lo que el tribunal considera probado que la empresa estaba enterada de la voluntad de la trabajadora.
La parte de presentar testigos, también ha sido importante en la decisión del tribunal de considerar la comunicación de baja voluntaria como legal, ya que como todos sabemos, esta perfectamente documentado que los mensajes de whatsapp son manipulables y se puede alterar su contenido.
La ley dice que el trabajador tiene que comunicar su baja voluntaria de manera expresa o de forma tácita, no siendo preciso que se ajuste a una declaración formal, exigiéndole al trabajador que lo manifieste de forma clara, concreta, consciente, firme y terminante.
Por todo lo anterior el Tribunal Superior de Justicia decidió que en el whatsapp que la trabajadora envió a su jefe, quedo perfectamente claro su intención de causar baja voluntaria y a su vez como el jefe le respondió por el mismo medio lo considero enterado de este comunicado.
Cabe destacar que la situación contraria NO estaría permitida ni dentro de la legalidad, osea, a día de hoy, NO se puede despedir a un trabajador vía Whatsapp, ya que la legislación vigente, concretamente el articulo 53 del estatuto de los trabajadores y el articulo 55 del mismo, exige que la comunicación se haga expresamente por escrito, expresando claramente la causa del cese, la fecha de efecto del mismo y los hechos por los que se lleva a efectos la baja del trabajador.