Objetivo de las ayudas para el comercio
Las ayudas para el comercio en Extremadura, en la convocatoria de 2017, tienen como objetivo mejorar la competitividad de comercio minorista en Extremadura y apoyar la creación y promoción de franquicias Extremeñas.
Beneficiarios de las ayudas al comercio en Extremadura
Personas física o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser Una PYME que su actividad principal sea el comercio minorista.
- Con domicilio Fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Gastos subvencionables
a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al
mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación,
protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta.
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento
comercial.
Cuantía de las ayudas al comercio en Extremadura 2017
Serán subvencionables, el 40% de los gastos de inversión realizados, con un máximo de 20.000€ por establecimiento
Plazo de presentación y documentación necesaria
El Plazo de presentación, es de un mes a contar desde la publicación de estas ayudas al comercio en el DOE, cosa que ha sucedido este pasado martes 27 de diciembre de 2016.
Se adjuntara la siguiente documentación:
- Anexo I, solicitud de la ayuda
- Copia del DNI, en caso de sociedades, copia de las escrituras de constitución
- Ultimo recibo del IAE o el alta en el mismo, esto no sera necesario, si en el anexo I se autoriza a que lo soliciten esta información a la AEAT.
- Memoria descriptiva de la inversión
- Memoria valorada o proyecto técnico
- Cronograma de ejecución de las actuaciones
- declaración responsable beneficiario/Declaración de ayudas.
- Factura proforma o presupuesto de las inversiones
- Modelo de alta a terceros
- En empresas de nueva creación, compromiso de aportar el alta en el censo de actividades económicas
Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración autonómica como estatal, así como con la Seguridad Social y deberán acreditar tal circunstancia mediante los oportunos certificados, salvo que sobre este extremo se autorice expresamente a la Secretaría General de Economía y Comercio para recabarlos
de oficio.
Criterios de evaluación de las solicitudes de las ayudas al comercio
a) La creación neta de empleo, otorgándose 20 puntos por cada nuevo empleo creado, con un límite de 60 puntos.
b) No haber sido beneficiarios de ayudas dentro de la misma línea para la que presenta la solicitud durante los últimos 3 años. 10 puntos.
C) Los que habiendo solicitado a la ayuda en la última convocatoria no hubieran resultado beneficiarios por insuficiencia de crédito. 15 puntos.
d) Las empresas comerciales radicadas en municipios de menos de 5.000 habitantes. 20 puntos.
e) En función de la antigüedad del beneficiario ejerciendo la misma actividad, obtendrán siguiente puntuación:
0 hasta 3 años. 1 punto.
Entre 3 y 10 de años. 2 puntos.
Más de 10 años. 3 puntos.
f) Que las inversiones a realizar supongan la adopción de medidas de ahorro energético, de reducción del consumo de agua o de mejora de la gestión de residuos y así venga acreditado por técnico competente, entendiéndose como tal ingeniero superior o técnico. 5 puntos.
g) Cuantía de la inversión aprobada, valorando los proyectos de mayor a menor importe. Si la cuantía de la inversión aprobada es superior a 50.000 euros. (15 puntos). Si la cuantía de la inversión aprobada es inferior o igual a 50.000 € y superior a 40.000 €. (13 puntos).
Si la cuantía de la inversión aprobada es inferior o igual a 40.000 € y superior a 30.000 €. (10 puntos). Si la cuantía de la inversión aprobada es inferior o igual a 30.000 € y superior a 20.000 €. (7 puntos) Si la cuantía de la inversión aprobada es inferior o igual a 20.000 € y superior a 10.000 €. (5 puntos). Si la cuantía de la inversión aprobada es inferior o igual a 1000 €. (0 puntos).
h) Que el beneficiario de las ayudas se vaya a hacer cargo de un negocio que venga funcionando desde hace más de 10 años o lo haya hecho en el último año. (30 puntos).
i) Haber participado en el Programa de Formación y Asesoramiento encuadrado en el Plan de Mejora de la Competitividad del Pequeño Comercio Minorista de Extremadura. 50 puntos.
Si estas interesado en percibir estas ayudas. En Grupo Extremeño de Asesoramiento te la tramitaremos gustosamente. Si tienes dudas de esta ayuda para el comercio en Extremadura, puedes comentar en el blog o ponerte en contacto con nosotros