Abierto el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas al pequeño comercio minorista de Extremadura 2018
Hoy miércoles 10 de enero de 2018, el Diario Oficial de Extremadura (DOE), ha publicado la apertura del plazo de presentación de las solicitudes, para las ayudas al pequeño comercio minorista en Extremadura.
En que consisten estas ayudas al pequeño comercio
Estas ayudas están pensadas para mejorar la competencia del pequeño comercio y consisten en la subvención del 40% del gasto realizado, con un limite máximo por establecimiento de 20.000€, en mejoras en las siguientes categorías:
a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al
mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación,
protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta (TPV).
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético
i) La Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento
comercial.
Beneficiarios de las ayudas al pequeño comercio
Pequeñas y medianas empresas, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes etc… que ejerzan unas actividad comercial englobada dentro de los epígrafes descritos en la tabla siguiente y que tengan domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
GRUPO
641 |
Epígrafe único | Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos. |
GRUPO
642 |
Epígrafes
642.1; 642.2; 642.3; 642.4; 642.5; 642.6. |
Comercio al por menor de carnes y despojos, de productos y
derivados cárnicos elaborados, de huevos, aves, conejos de granja, caza, y de productos derivados de los mismos. |
GRUPO
643 |
Epígrafes
643.1; 643.2. |
Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y
de la acuicultura y de caracoles. |
GRUPO
644 |
Epígrafes
644.1; 644.2; 644.3; 644.4; 644.5; 644.6. |
Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de
leche y productos lácteos. |
GRUPO
645 |
Epígrafe único | Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. |
GRUPO
647 |
Epígrafes
647.1; 647.2; 647.3; 647.4; 647.5. |
Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en
general. |
GRUPO
651 |
Epígrafes
651.1; 651.2; 651.3; 651.4; 651.5; 651.6; 651.7. |
Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado,
pieles y artículos de cuero. |
GRUPO
652 |
Epígrafes
652.2; 652.3; 652.4. |
Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza,
perfumería y cosméticos de todas clases, y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios, preparados dietéticos y productos de parafarmacia. |
GRUPO
653 |
Epígrafes
653.1; 653.2; 653.3; 653.4; 653.5; 653.6; 653.9. |
Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar
y la construcción. |
GRUPO
654 |
Epígrafes
654.2; 654.5; 654.6. |
Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para
vehículos terrestres. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria; Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes y cámaras de aire para toda clase de vehículos |
GRUPO
656 |
Epígrafe único | Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles,
prendas y enseres ordinarios de uso doméstico. |
GRUPO
657 |
Epígrafe único | Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así
como de sus accesorios. |
GRUPO
659 |
Epígrafes
659.2; 659.3; 659.4; 659.5; 659.6; 659.7; 659.9. |
Otro comercio al por menor. |
GRUPO
662 |
Epígrafes
662.2. |
Comercio mixto o integrado al por menor, distintos a 661 y 662.1 |
Plazo de solicitud y documentación necesaria
El periodo de solicitud, sera de un mes a contar desde mañana día 11-1-2018.
La documentación a aportar sera la siguiente:
- documento de solicitud de la ayuda
- Copia del NIF del solicitante, en caso de sociedades, copia de las escrituras de constitución, poder del representante legal y NIF del mismo.
- Ultimo recibo del IAE
- Memoria descriptiva de las inversiones a realizar y programa de actuación.
- Memoria valorada/Proyecto técnico.
- Cronograma de ejecución.
- Declaración responsable beneficiario/Declaración de ayudas.
- Facturas proforma o presupuestos de las inversiones por las que se solicita la
subvención. - Modelo de alta de terceros. En caso de estar dado de alta deberá indicarse expresamente
el número de cuenta corriente (código IBAN) para el abono de la subvención.7 - Justificantes de estar al corriente de pago, tanto con la Administración Autonómica como Estatal, así como con la Seguridad Social.
Este sistema de ayudas, como viene siendo habitual, se otorga por criterios de valoración, utilizando un sistema de puntuación en el que el solicitante ira obteniendo puntos según los criterios descritos en el DOE y la suma total de ellos le otorgara un puesto en la lista de beneficiarios.
Los fondos para esta partida de ayudas ascienden a 1.892.915€ y se otorgaran en sentido descendiente según la puntuación y hasta que se agoten dichos fondos.
Justificación
Se comprobara que los trabajos para los que se solicita la ayuda, no hayan comenzado con anterioridad a la presentación de la ayuda y se justificara la ejecución de la inversión, como máximo un mes después del plazo otorgado por la Junta para la ejecución del proyecto.
Para cobrar la subvención, se ha de presentar justificante de pago de los trabajos realizados y factura de los mismos con fechas posterior a la presentación de la solicitud. No se podrán realizar pagos en efectivos superiores a 1000€.
Si necesitas ampliar información sobre estas ayudas al comercio Extremeño, no dudes en comentar en el blog, o ponerte en contacto con nosotros