La nueva Ley del trabajo Autónomo entra en vigor el próximo 10 de octubre.

 

Hoy se ha publicado la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, de la que, por su interés, reseñamos sus aspectos más relevantes.

Entre las principales novedades que incorpora la norma cabe destacar:

La autorización a los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes para la contratación de trabajadores por cuenta ajena en aquellos supuestos en los que la interrupción de la actividad por causas vinculadas a la conciliación de su actividad profesional con su vida familiar pudiese ocasionar la resolución del contrato con su cliente.

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Como prejubilarse siendo autónomo

Como prejubilarse siendo autónomo

A la hora de calcular la prejubilación de un autónomo, hay dos factores a tener en cuenta.
Si la pre jubilación es voluntaria o involuntaria.
Según la ley de  Seguridad social en esta materia, La edad de pre jubilación para autónomos no podrá ser superior a dos años anteriores a la edad ordinaria de jubilación, que en 2015 está fijada en los 65 años. Esta clausulas se irá incrementando poco a poco hasta alcanzar, en 2027 la edad de 65 años.

 

prejubilarse siendo autonomo

Pre jubilación de autónomos por causa voluntaria

Con los datos anteriormente citados, un autónomo en 2015, podrá pre jubilarse a la edad de 63 años y 3 meses, mientras que en 2027 solo podrá hacerlo a los 65 años.
El periodo mínimo cotizado ha de ser de 35 años, en caso contrario podría acceder a la jubilación anticipada a partir de los 65 años.
Para calcular la pensión que recibirá, se aplicaran los siguientes coeficientes de reducción  

Tiempo cotizado   Coeficiente de reducción por trimestre
38 años y 6 mese  

2%

Desde 38 años y 6 meses Hasta 41 años y 6 meses

1,875%

Desde 41 años y 6 meses Hasta 44 años y 6 meses

1,675%

A partir de los 44 años  

1,675%

 

Pre jubilación de autónomos por causa involuntaria o forzosa

Según la ley de  Seguridad social en esta materia, La edad de pre jubilación para autónomos, por causas forzosas, no podrá ser superior a 4 años anteriores a la edad ordinaria de jubilación, que en 2015 está fijada en los 65 años.
En este caso los incrementos en la edad para pre jubilación forzosa,  será paulatino llegando en 2027 a la edad de 63 años. Y que en este 2015 se sitúa en los 61 años y 3 meses.
El periodo mínimo cotizado es de 33 años.
Para solicitar la pre jubilación de un autónomo por causa forzosa hay que cumplir alguno de los siguientes requisitos

  • Estar en situación de demandante de empleo durante 6 meses
  • Jubilación del empresario
  • Despido colectivo, objetivo
  • Resolución judicial
  • Fuerza mayor
  • Muerte
  • Violencia de genero

Para calcular la pensión que recibirá, se aplicaran los siguientes coeficientes de reducción  

Tiempo cotizado   Coeficiente de reducción por trimestre
Hasta 38 años y 6 meses  

1,875%

Entre 38 años y 6 meses Y 41 años y 6 meses

1,750%

De 41 años y 6 meses Hasta 44 años y 6 meses

1,625%

Más de 44 años y 6 meses  

1,5%

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