subvenciones para la contratación indefinida 2016

Ya están disponibles, las nuevas subvenciones para la contratación indefinida en la comunidad autónoma de Extremadura.

Estas subvenciones para la contratación indefinida, tienen como objeto, fomentar el empleo indefinido y favorecer la inserción de determinados grupos de la población de nuestra comunidad autónoma.

Las subvenciones para la contratación indefinida, se dividen en dos programas.

1 – Programa para las contrataciones indefinidas iniciales.

2 – Programa para la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos.

Subvenciones para la contratación indefinida

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Plan de empleo autónomo 2016 – 2019. APROBADO

Hoy lunes 30 de Mayo, se ha firmado la inversión de 155 millones de euros, para el plan de empleo autónomo de Extremadura.

Este plan de empleo autónomo, tiene como fin, fomentar la creación de empresas y el autoempleo. El Presidente de la Junta Guillermo Fernandez Vara, ha explicado en rueda de prensa, como quedara repartida esta inversión.

Plan de empleo autónomo de extremadura

Plan de empleo autónomo 2016 – 2019

  • Promoción, orientación y acompañamiento.  668.000€
  • Formación. 1.000.000€
  • Creación y mantenimiento de empleo autónomo. 31.000.000€
  • Relevo generacional. 410.000€
  • Mejora de la financiación. 3.000.000€
  • Estímulos al consumo. 1.481.000€
  • Aumento de la competitividad, calidad e innovación.  450.000€
  • Prevención de riesgos laborales. 45.000€
  • Mejora del entorno social, asociativo y cooperación para el crecimiento. 560.000€
  • Difusión y seguimiento del plan. 200.000€

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Ayudas para fomento y mejora de la seguridad y salud laboral.

fomento

Recientemente se ha abierto la convocatoria, hasta el 6 de junio del presente año, para solicitar las Subvenciones destinadas a fomentar y mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo de las empresas de  Extremadura.

La cuantía de las subvenciones será como máximo del 50 % del coste de la inversión subvencionable, con un límite de 4.000 euros por beneficiario, para la totalidad de las inversiones subvencionables realizadas y justificadas.

Serán subvencionables:

a) Adquisición de plataformas de trabajo elevadoras móviles de personal, para la realización de trabajos en altura, que dispongan de plataforma de trabajo, estructura extensible y chasis.
b) Sustitución de andamios de trabajo por sistemas de andamios modulares
c) Instalaciones y sistemas para el control en el origen de agentes químicos peligrosos y agentes cancerígenos o mutágenos en los centros de trabajo de la empresa que solicita la subvención. Los agentes referidos serán los incluidos en las definiciones establecidas en los Reales Decretos 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo y 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
d) Sustitución de máquinas instaladas en centros de trabajo de la empresa que solicita la subvención, en los que sea de aplicación el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, con una antigüedad superior a diez años desde la fecha de fabricación, por máquinas nuevas que se utilicen para realizar operaciones similares, con destrucción o achatarramiento acreditado por gestor de residuos autorizado de las máquinas sustituidas.
e) Sustitución por deterioro o para conseguir una mejora en las condiciones de seguridad en el trabajo, de recipientes a presión y/o depósitos de almacenamiento de fluidos combustibles o productos químicos peligrosos, siempre que se trate de instalaciones fijas existentes en el centro de trabajo, excluidos equipos o elementos transportables, con destrucción o achatarramiento acreditado por gestor de residuos autorizado de los elementos o equipos sustituidos.
f) Las inversiones que se realicen para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad.
g) Inversiones que se realicen para la mejora de las condiciones de trabajo de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia.
h) Adquisición de equipos que cuya función sea evitar o reducir la manipulación manual de cargas por los trabajadores, según la definición establecida en el artículo 2 del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
i) Retirada de materiales con amianto existentes en los centros de trabajo en los que la empresa solicitante desarrolle habitualmente su actividad, siempre que dichos materiales no sean residuos generados en los procesos que se realicen en la empresa y la actividad de la empresa no incluya la retirada de este tipo de materiales, su transporte, gestión y/o almacenamiento, cumpliendo en la retirada lo establecido en
el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, con retirada y gestión de los residuos generados según la normativa vigente.

AYUDAS DE 6000€ POR CONTRATACIONES DE TRABAJADORES DURANTE 6 MESES, ACOGIDOS AL PLAN DE EMPLEO SOCIAL.

Estas ayudas, pero para 2017 las encontraras en este enlace

Se ha publicado recientemente  la ORDEN de 14 de abril de 2016 por la que se aprueba la nueva convocatoria del Programa II del Plan de Empleo Social.

Las beneficiarias de estas subvenciones serán empresas que radiquen en  Extremadura, entendiéndose como tal pequeñas y medianas empresas, según la consideración de la Unión Europea, incluido autónomo, comunidades de bienes y sociedades mercantiles, entidades privadas sin ánimo de lucro y empresas de economía social.

Cada puesto de trabajo creado se subvencionará con 6.000 euros, si bien debe tratarse obligatoriamente de contrataciones a tiempo completo con una duración de 6 meses, siempre que esta cuantía no supere el coste del puesto de trabajo.Los beneficiarios de las contrataciones son las personas paradas de larga duración ( aquellas personas que en los últimos doce meses no han trabajado más de 30 días a tiempo completo ó 60 días a tiempo parcial ), en situación o en riesgo de exclusión social ( no cobren ninguna prestación,excepto Renta Básica; en cuyo caso la inclusión del perceptor de renta básica en elplan de empleo social formará parte de su programa individual de inserción y conllevará la suspensión o renuncia al cobro de tal prestación ).

Las empresas y entidades serán seleccionadas mediante un proceso de concurrencia competitiva, en el que se tendrá en cuenta el número de contrataciones a formalizar, así como el compromiso de inserción que adquieran las entidades 6 meses después del periodo subvencionado. Si el crédito de la convocatoria fuera suficiente para atender a toda la demanda, no se aplicarán dichos criterios de valoración.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 4 de mayo hasta el 7 de junio de 2016.

Subvenciones para Autónomos y Pymes de hasta 15.000€ por la incorporación de tecnología cloud.

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El Ministerio de Industria, Energía y Turismo pone en marcha un programa de ayudas para que tanto autónomos como las Pymes adopten soluciones cloud.

Estas ayudas cubrirán una cantidad que oscilará entre los 625 y los 15.000 euros por beneficiario, correspondiente a un porcentaje de entre el 50 y el 80% del presupuesto solicitado a subvencionar. El dinero que hay para esta partida será de 40 millones de euros.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los autónomos y Pymes que cuenten con menos de 250 empleados, un volumen de negocio inferior a los 50 millones de euros, domicilio fiscal en España y que hayan comenzado la actividad con anterioridad a la publicación de las bases.

En total son diez los ámbitos en los que se pueden aplicar las ayudas, que son los siguientes: puesto de usuario, gestión económica, gestión negocio, relación con clientes, gestión del punto de venta, presencia en Internet, comercio electrónico, infraestructura como servicio, plataforma de desarrollo como servicio y centralita virtual.

  • Empresas proveedoras del servicio

Las compañías proveedoras de las soluciones cloud que integran el catálogo serán escogidas a través de un proceso de homologación público por medio de una invitación general. Una vez que se resuelva la invitación durante los próximos meses, en la web de Red.es se publicará el listado con dichas empresas proveedoras con sus soluciones cloud para cada categoría del catálogo.

Los que estén interesados en recibir esta subvención tendrán de plazo desde el 18 de mayo al 8 de junio de 2016 para solicitarlo, por medio de un formulario específico.

subvenciones para el alquiler de viviendas 2016

Abierto el plazo de presentación de las subvenciones para el alquiler de viviendas, su rehabilitación, e informes de evaluación de edificios.

Cuantía 

Las subvenciones para el alquiler de viviendas será de  hasta el 40% de la renta mensual que deba satisfacerse por el alquiler de su vivienda habitual permanente, con un límite máximo anual de 2.400 euros. Y se conceden por un periodo de 12 meses, pudiendo ser solicitada por otros 12 meses más.

 

subvenciones para el alquiler de viviendas

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