La clausula suelo ha sido tumbada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Como ya todos sabréis, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha considerado abusiva la denominada clausula suelo que utilizaba la banca española para impedir que los tipos aplicados a los clientes bajasen de un numero concreto. Esto en la practica va a suponer que la banca tendrá que devolver todo lo cobrado de más a sus clientes y tendrá que hacerlo con retroactividad total, osea, desde la firma de la hipoteca y no solo hasta 2013 como se hacia hasta la publicación de esta sentencia.
¿que es la clausula suelo?
La clausula suelo, es una clausula que se ha incluido en gran parte de las hipotecas firmadas hasta mayo de 2013, fecha en la que salio una primera sentencia del Tribunal Supremo Español. Como todos sabéis las hipotecas firmadas con interés variable, constan de 2 partes, una fija y una variable, la fija es un diferencial que negociamos con el banco y la variable hace referencia a un in indice como el EURIBOR. Dicho esto, es lógico pensar que si el euribor baja, baje nuestra cuota de la hipoteca ¿verdad?, pues sí, pero no en todos los casos, ya que si nuestra hipoteca tenia incluida la famosa clausula suelo, esta establecía un mínimo para la parte variable con lo que nunca pagaríamos menos de ese porcentaje por mucho que bajara el euribor.
Veamos un caso practico:
Hipoteca Firmada con las siguientes condiciones, Euribor + 2. Supongamos que el Euribor está en 5 puntos, pues nuestra hipoteca estaría generando unos intereses de 5+2=7%.
Hoy que el Euribor está al 0%, nuestra hipoteca generaría unos intereses de 0+2 =2% La diferencia en la cuota seria considerable.
Pues bien, si tenemos una clausula suelo de un 4% por ejemplo, hoy estaríamos pagando un 4% de intereses en vez de un 2% que es lo que legalmente tendríamos que pagar al haberse declarado ilegal la clausula suelo y ese 2% de diferencia es lo que el banco nos tiene que devolver por haberlo cobrado de forma irregular.
Aplicando este principio a todos los periodos en los que el euribor más el diferencial hayan estado por debajo de nuestra clausula suelo, obtenemos la cantidad que hemos pagado de más y por tanto la que el banco nos ha de devolver.
Si no estas seguro si tienes clausula suelo, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos en ello, ademas tramitamos sin coste alguno para el cliente, las reclamaciones a los bancos para anular la clausula suelo y pedir la devolución de lo cobrado ilegalmente
La Agencia Española de Protección de Datos, ha lanzado una alerta ante posibles fraudes en la protección de datos, en materia de asesoría y consultoría.
Desde Secure Data y la AEPD os recomendamos dejar las labores de asesoría y consultoría de protección de datos, en manos de profesionales en la materia, para evitar fraudes en la protección de datos, como los que se están produciendo en los últimos meses.
Uno de los últimos fraudes detectados, es el envío de comunicaciones electrónicas, haciéndose pasar por la AEPD.
Desde el 6 de abril hasta el 30 de junio del 2016 se puede solicitar el borrador de la renta 2015. Como sabrás o habrás oído, la Agencia Tributaria a implantado este año para elaborar la Declaración de la Renta de 2015 una nueva aplicación llamara RENTA WEB , en la que supuéstamente el contribuyente tendrá más fácil su elaboración directamente desde la propia página de la Agencia Tributaria,pero de lo que nos hemos dado cuenta por clientes que han pasado por nuestro despacho que no es tan fácil¡¡.
Si te vuelves loco con la Cl@ve PIN, no tienes el Certificado Digital y te es imposible hacer tu declaración, no dudes y contacta con Grupo Extremeño de Asesoramiento SL si necesitas que te ayudemos¡¡¡.
Si por el contrario necesitas que te la hagamos desde el principio, te la realizaremos a partir de 20€ ( Precio estimado para una declaración simple. El precio de la declaración va a depender de la complejidad de la misma y de la información facilitada por el contribuyente ).
La Ley de Protección de Datos (LOPD) es de obligado cumplimiento tanto para las Pymes como para los Autónomos que traten datos de terceras personas en su actividad diaria.
Toda actividad empresarial tiene que registrar estos datos en el fichero de la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD), además de incorporar información sobre la LOPD en sus facturas, albaranes, presupuestos, e-mails, si tiene empleados firmar los certificados de confidencialidad y si tiene página Web incorporar el aviso legal, la política de privacidad y cookies
Estos datos que debemos tener registrados, se dividen en tres grupos dependiendo de la información que recogen de nuestros clientes o usuarios:
Nivel básico: Datos identificativos, como el DNI ó NIF, nº. Seguridad Social, nombre, apellidos, dirección, teléfono, firma, imagen, e-mail, nombre de usuario, número de tarjeta, matrícula, etc…
Nivel medio: Datos a cerca de infracciones administrativas o penales, solvencia, datos tributarios o de la Seguridad Social, datos de prestación servicios financieros, etc.
Nivel alto: Datos a cerca de ideología, religión, creencia, origen racial, salud, vida sexual o violencia de género.
Con SECURE DATA cualquier autónomo estará al día con la LOPD de manera sencilla y dispondrás de los documentos de seguridad, notificación de los ficheros a la AEPD, certificados de confidencialidad, y así evitar cualquier tipo de denuncia y ahorrarte inspecciones que puede ocasionarte graves sanciones.
Cuando un autónomo o empresario decida contratar trabajadores, antes que nada, suele hacer un examen o analiza aquellos costes que le va suponer la contratación de uno o varios trabajadores. Estos gastos son, principalmente, el sueldo y la seguridad social. Pero existen otros gastos añadidos que no suelen tenerse en cuenta y que es conveniente conocerlos para no llevarse sorpresas. Entre estos gastos añadidos está el SEGURO DE CONVENIO.
Como sabréis los que os dedicáis al sector de la construcción, hace ya unos años salió la tarjeta TPC como consecuencia de la Ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, la cual acredita entre otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de prevención de riesgos laborales; su categoría profesional; y sus periodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad. De este modo las empresas podrán cumplir con los requisitos derivados del Convenio de la Construcción como de la Ley de Subcontratación en la construcción.
Vamos a dar unos recordatorios sobre la TPC, antes de centrarnos en lo que nos ocupa este post, que es la renovación de la misma.